lunes, 20 de febrero de 2012

CARTA A LOS ROMANOS. CADUCIDAD DE LA LEY. 7,1-6.

7        1¿Acaso ignoráis, hermanos (y hablo a gente entendida en leyes), que la Ley obliga al individuo sólo mientras vive? 2Así, una mujer casada está legalmente vinculada al marido mientras él está vivo, pero, si el marido muere, queda exenta de las leyes del matrimonio. 3Consecuencia: que si se va con otro mientras vive el marido, se la declara adúltera; en cambio, muerto el marido, está exenta de las leyes del matrimonio y, si se va con otro, no es adúltera.
           4Pues bueno, hermanos míos, en el cuerpo del Mesías os hicieron morir a la Ley; así pudisteis ser de otro, del que resucitó de la muerte, y empezar a ser fecundos para Dios. 5Cuando estabais sujetos a los bajos instintos, las pasiones pecaminosas que atiza la Ley activaban en nuestro cuerpo una fecundidad de muerte, 6ahora, en cambio, al morir a lo que nos tenía cogidos, quedamos exentos de la Ley; así podemos servir en virtud de un espíritu nuevo, no de un código anticuado.

EXPLICACIÓN.


1-6.    Presupuesto: para estar libres del pecado, hay que estarlo de la Ley (cf. 6,14). La comparación con el matrimonio es algo confusa, porque queda libre el que está vivo, no el que muere. Antes se estaba unido a la Ley, ahora, al Mesías: matrimonio fecundo; el resultado natural de la conversión es una conducta rica en buenas obras. No la servidumbre ciega e irresponsable a un código, sino la espontaneidad del Espíritu.

No hay comentarios:

Publicar un comentario